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La Realidad de la Cuota Cero de los Autónomos

escrito por mays19 de octubre de 2018diciembre 29th, 2021No Comments

Cada vez son más las personas que se animan a crear su propio negocio. Sin embargo, muchas de ellas se encuentran asustadas debido a que no saben cómo pueden ser las condiciones a las que tienen que enfrentarse o tienen miedo de las consabidas cuotas de autónomo que se tienen que pagar cada mes. Para ayudar a todas aquellas personas que estén interesadas y animar a emprender su propio negocio, desde Gestoría Mays te vamos a enseñar cómo disfrutar de una cuota de autónomos a coste cero.

Esta cuota es posible siempre y cuando reunamos unas determinadas condiciones, por lo que vamos a pasar a explicártelas a continuación para ver si puedes llegar a beneficiarte de todo este descuento y con ello poder emprender tu negocio con una mayor facilidad.

Condiciones para disfrutar de una cuota de autónomos a coste cero

Antes de empezar a entrar con las condiciones que se debe de reunir para poder disfrutar de esta cuota de autónomo a coste cero, hay que decir que en su gran mayoría, son variables. Esto quiere decir que esta cuota a coste cero se va a poder disfrutar siempre que se reúnan estas condiciones, por lo que si en algún momento no se reúnen, la bonificación se perdería, es decir, no tiene un carácter permanente.

Sin embargo, es perfectamente posible iniciar la actividad con algún tipo de ayuda, como por ejemplo ahora que los primeros autónomos tienen una cuota inicial reducida y más adelante, cuando termine esta bonificación o si conseguimos una condición mejor, podremos reducir la cuota hasta situarla en cero. El objetivo de estas cuotas cero, como cualquier tipo de ayuda, es tratar de ayudar y potenciar a los autónomos para que puedan seguir ejerciendo su actividad y no tengan que cesar la misma. Una vez explicado todo esto, vamos a ver las diferentes condiciones.

Exención de cuota por maternidad

Muchas mujeres han denunciado situaciones laborales en donde han sido despedidas del trabajo por ser madre. En el caso de ser autónomo, la cosa cambia drásticamente y es que con la llegada de un nuevo miembro a la familia, se reduce en su totalidad la cuota de autónomos a pagar. Esta reducción de cuota al completo se da independientemente de que sea por maternidad, haya habido una adopción o un acogimiento.

Esta medida es una de las más nuevas ya que fue aprobada en octubre del año 2017 y antes no se aplicaba este descuento en este caso. La duración de la misma será el tiempo que la persona, la madre o el padre estén disfrutando de la baja, con un máximo de hasta 16 semanas.

Además de esto, aquellas autónomas que se encuentren en una situación de riesgo de embarazo o también que se encuentren en periodo de lactancia se pueden acoger a esta bonificación. Principalmente está pensada para evitar que se cese la actividad en un periodo en donde los gastos son bastante importantes. Para poder compensar todo el coste que tiene el nacimiento del bebé, se ayuda a que los ingresos sean un poquito más elevados.

Si eres mayor de 65 años

Si eres mayor de 65 años, enhorabuena, tu cuota de autónomo pasará a ser automáticamente cero. Sin embargo todavía tienes que cumplir alguna condición más y es que no basta solo con tener 65 años sino que también tienes que demostrar que al menos has cotizado en la seguridad social durante al menos 36 años y medio.

De todos modos, con respecto a esta medida, hay una letra pequeña en donde no se exonera por completo la cuota, si no que se tiene que seguir haciendo frente a la misma pero solo por un montante de un 3.3% por lo que entendemos que es una cifra bastante baja como para poder considerarla como una reducción total de la misma.

Si regentas un negocio, te encuentras a gusto en el mismo y no tienes intención de jubilarte llegado a los 65 años, es una posibilidad poder continuar en el mismo durante un tiempo más, teniendo en cuenta que el ahorro de esta cuota en su mayoría te puede aumentar los beneficios de forma considerable.
Cuota cero autónomos

Cuidado de menores o personas dependientes

Si contratas a tiempo completo a un empleado durante tres meses que se encuentre en alguna de estas situaciones, tampoco tendrás que pagar a la seguridad social tu cuota de autónomo.

En primer lugar, dicho empleado tendría que ser responsable y estar al cuidado de un menor de 12 años de edad.

En segundo lugar, puede tener a cargo a un familiar que necesite de dependencia hasta un segundo grado de consanguinidad.

Por último, podría estar a cargo de un familiar dependiente, que sea hasta segundo grado de consanguinidad y que no se encuentre trabajando. Además, para este apartado, tiene que tener reconocido una capacidad intelectual física o superior al 33% o bien un grado de discapacidad, que puede ser física o sensorial y que sea superior al 65% o bien parálisis cerebral o una enfermedad mental.

Es importante añadir que en el caso de que la persona que hayamos contratado no se encuentre a tiempo completo y sea a tiempo parcial, la exención de la cuota no será del 100% si no del 50%. El objetivo de esta rebaja es que gracias a la misma, se pueda paliar en parte el coste de la contratación de aquella persona que necesitamos para atender al familiar y con ello no descuidar nuestras obligaciones laborales.

Autónomos con incapacidad temporal

Actualmente no se encuentra activa ninguna bonificación por incapacidad temporal pero se trata de una propuesta elaborada por la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA) y que actualmente se encuentra en consideración.

De esta forma en el caso de tener un accidente y no poder llevar a cabo la actividad, no se tendría en cuenta el coste de autónomo. Se tiene esperanzas de que la medida pueda ser aplicada para el próximo año 2019 lo cual mejoraría de forma considerable las bajas de los autónomos por accidentes laborables.

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